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Tres preguntas claves sobre la hipoteca multidivisa

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  • ¿Qué es la Hipoteca Multidivisa?

La Hipoteca Multidivisa es un préstamo hipotecario en el que se recibe una cantidad de dinero en euros, pero que pasa a indexarse en otra divisa –principalmente, hipotecas en yenes o en hipotecas francos suizos–.

De esta manera, el capital pendiente y los intereses se calcularan en esa divisa extranjera, aunque las cuotas se abonen en euros.

Es un producto complejo y de alto riesgo dado que, si el euro se devalúa o la otra divisa sube, el capital del préstamo aumenta y también los intereses a abonar calculados sobre esa nueva divisa. Dicho de otra forma, usted puede ver como el capital pendiente de amortizar no se reduce por muchas cuotas que abone y encontrarse con que, 5 años después de suscribir la hipoteca, debe más capital del que –efectivamente– las diferentes entidades le habían prestado.

  • ¿Cómo anular la Cláusula Multidivisa de su Hipoteca?

El Tribunal Supremo las define como un producto financiero especulativo complejo, llevan aparejado un alto riesgo asociado a la fluctuación del mercado de divisas, solamente apto para clientes cualificados, que fue comercializado por el banco a consumidores minoristas, sin haberles proporcionado información suficiente ni haberles explicado los riesgos del producto.

Lo único que tiene que hacer para la nulidad de la Cláusula Multidivisa de su hipoteca es rellenar el formulario y le ayudaremos a recuperar su dinero.

  • ¿Qué hacer si tengo una Hipoteca Multidivisa?

Usted, como otros 70 mil afectados por las Hipotecas Multidivisa, no tenía información suficiente para poder comprender el comportamiento de la cláusula que indexaba su préstamo en otras divisas –yenes o francos suizos, entre otros–.

Acudir a la vía judicial, es la forma más efectiva de recuperar su dinero. Muchas sentencias están obligando a las entidades a recalcular el préstamo en euros, descontando las cuotas pagadas y referenciando los intereses a Euríbor.

El capital pendiente de amortizar se reducirá drásticamente y recuperará todo lo que ha pagado al banco de más en las cuotas de su préstamo.

Puedes reclamar tu dinero a través de Rúa Abogados. Una reciente sentencia del Tribunal Supremo, te respalda.

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Rellene este formulario y uno de nuestros abogados especialistas en Hipoteca Multidivisa se pondrá en contacto con Usted.

O si lo prefiere, llámenos al teléfono gratuito 900 20 20 43.

LEA AQUÍ: Actualidad Jurídica de las Hipotecas Multidivisa - Marzo de 2018

Durante el primer trimestre de 2018 hemos sido testigos de lo que podríamos definir como la gran fase de consolidación de los criterios jurisprudenciales en relación con la nulidad de las Hipotecas Multidivisa.

Esta consolidación, como veremos a continuación, fomenta que en la actualidad se haya creado en España un entorno muy favorable para que los afectados por este producto puedan reivindicar judicialmente sus derechos, logrando así el recálculo de su préstamo como si el mismo hubiera sido suscrito en euros y siendo indemnizados por todos los sobrecostes que han tenido que soportar desde su contratación.

Esta progresiva unificación en el sentido de las sentencias que han venido dictando jueces y tribunales nos permite afirmar que, a día de hoy, las Audiencias Provinciales más importantes del país mantienen una clara postura a favor de los derechos de los consumidores que fueron inducidos a la contratación de un producto para cuya gestión se requería tener unos conocimientos financieros avanzados que, en la mayoría de los casos, no tenían.

Un claro ejemplo de esto es la reciente sentencia dictada por la sección 10ª de la Audiencia Provincial de Madrid el pasado 26 de febrero de 2018. Mediante dicha sentencia, la AP de Madrid anula el clausulado multidivisa contenido en un préstamo otorgado por la entidad Catalunya Banc (hoy BBVA), confirmando así la sentencia que había sido dictada por el Juzgado Nº 1 de Alcobendas en noviembre de 2016, en la cual también se había anulado el mencionado clausulado en base a la falta de transparencia del mismo.

La AP de Madrid realiza a lo largo de la sentencia un repaso por los fallos más destacados del Tribunal Supremo y del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en relación con los préstamos multidivisa, para finalizar destacando que toda entidad que comercialice este tipo de productos está obligada no solo a facilitarle al cliente la Oferta Vinculante y el Folleto Informativo, sino en líneas generales a ofrecer una información que permita al consumidor entender los riesgos inherentes al producto.

En este sentido, conviene recordar que los empleados de las entidades bancarias comercializadoras de los préstamos multidivisa no explicaban a los clientes que tanto el importe que el prestatario debe pagar cada mes como el capital pendiente de pago se recalcularían periódicamente en base al tipo de cambio aplicable en cada momento. Por lo tanto, el préstamo en su modalidad multidivisa solo sería más económico que un préstamo tradicional en euros si la paridad entre el euro y la divisa de referencia se mantuviera igual o cercana a los niveles en que se encontraba al momento de la suscripción. De lo contrario, no solamente podrían encarecerse notablemente las cuotas mensuales, sino que incluso podría aumentar el importe del capital pendiente del préstamo. Es decir, una evolución desfavorable del tipo de cambio podría llegar a suponer la paradoja de que el cliente -tras diversos años de amortización del préstamo- deba más dinero al banco de lo que debía al momento en que le otorgaron el préstamo suscrito.

Las entidades, además, contaban con previsiones sobre la evolución de los tipos de cambio que vaticinaban un encarecimiento de las divisas de referencia respecto del euro, lo cual implicaba que los prestatarios necesitarían cada mes más euros para poder pagar el importe de las cuotas mensuales, al tiempo en que observaban como -a pesar de sus esfuerzos- el capital pendiente del préstamo, lejos de disminuir, aumentaba cada vez más.

Otro ejemplo reciente de la tendencia unificadora que venimos reseñando es la sentencia dictada por la AP de Salamanca a principios del mes de marzo de 2018. En dicha sentencia, el tribunal salmantino confirma la nulidad del clausulado multidivisa contenido en la escritura de un préstamo hipotecario de 300.000 euros concedido a un asesor fiscal. En la comentada sentencia se condena a Bankinter a la devolución de aproximadamente 180.000 euros correspondientes al sobrecoste que el préstamo multividisa implicó para el cliente, obligando además a la entidad a abonar las costas causadas por el procedimiento.

Dicha resolución se justifica en base a que, de acuerdo con el tribunal, la entidad condenada no fue capaz de acreditar la realización de simulaciones positivas y negativas con diferentes divisas, ni que le advirtiese al prestatario de que la fluctuación de la divisa repercutiría también directamente sobre el recálculo del capital inicial, y no sólo sobre las cuotas mensuales a través de las cuales el cliente amortizaría el préstamo.

Este fallo no es solo relevante por ser un ejemplo más de cómo los juzgados y tribunales están fundamentando la nulidad de los clausulados multidivisa en las omisiones informativas de las entidades comercializadoras; sino que también resulta interesante en la medida en que el demandante había sido asesor fiscal y contable. El perfil del cliente, al contrario de lo señalado por la entidad demandada, no implicaba que éste tuviese unos conocimientos que eximiesen a la prestamista de las obligaciones de información que le impone la legislación aplicable. Por el contrario, señala la AP de Salamanca que una persona no puede tener un conocimiento suficiente para decidir si contratar o no este tipo de préstamos, ni para comprender la carga económica y jurídica que suponía el mecanismo multidivisa y los riesgos concretos asociados, salvo que se trate de una persona experta en mercados financieros y de divisas. Por lo tanto, el mero hecho de ser asesor fiscal y contable no implica que dicha persona posea los conocimientos necesarios como para comprender los riesgos del préstamo multidivisa en toda su dimensión. En consecuencia, el incumplimiento de los deberes de información implicará la falta de superación del control de transparencia que aplicará el juez y, con ello, la nulidad del clausulado multidivisa.

Un último ejemplo, de los muchos que pudieran citarse en los últimos tres meses, es el de la sentencia 39/2018 de la AP de Barcelona de fecha 29 de enero de 2018. Dicha sentencia confirma el fallo que había sido dictado por el Juzgado de 1ª Instancia Nº 28 de Barcelona, mediante el cual se había anulado el clausulado multidivisa contenido en la escritura del préstamo hipotecario comercializado por el Banco Popular.

Durante el procedimiento, la defensa del Banco Popular consistió, fundamentalmente, en la idea de que los prestatarios conocían la naturaleza del producto y que -por tanto- la información que había provisto la entidad durante la fase precontractual era más que suficiente. El motivo que, a juicio del banco, fundamentaba esa afirmación era que la hija de los prestatarios también era titular de un préstamo multidivisa y que ésta había asesorado a sus padres durante la suscripción del producto.

La AP de Barcelona, por el contrario, afirma que el argumento esgrimido por la entidad es improcedente ya que las obligaciones de información que impone la ley corresponden exclusivamente a la prestamista y que, por ende, no puede pretender exonerarse del cumplimiento de las mismas en razón de que un familiar de los prestatarios ostente algún tipo de conocimiento sobre el producto. Destaca también la AP de Barcelona la escasez de información contenida en los propios contratos de préstamo multidivisa, los cuales son inidóneos como medio de explicación de los riesgos asociados al producto para un consumidor que no posea conocimientos financieros avanzados. Por último, recuerda el tribunal que las hipotecas multidivisa son un producto complejo y de riesgo, y que la normativa vigente impone unas determinadas obligaciones de información sobre las entidades comercializadoras en relación con sus clientes, especialmente si estos son consumidores.

En conclusión, el panorama judicial español es cada vez más alentador para los consumidores afectados por la suscripción de préstamos multidivisa. Tal como se ha explicado, solo en el primer trimestre del año se han pronunciado -entre otras- las Audiencias Provinciales de Madrid, Barcelona y Salamanca, todas ellas en un sentido favorable para los afectados demandantes. Lo anterior demuestra que existe una clara tendencia de las diferentes instancias judiciales nacionales a favor de proteger los intereses de los consumidores que han sido inducidos por las entidades bancarias a contratar un producto claramente inidóneo para ellos y que ha resultado, en la mayoría de los casos, en el negocio jurídico más ruinoso de sus vidas.

Por lo tanto, a día de hoy existe un alto grado de certeza a favor de quienes interpongan una demanda judicial pretendiendo la nulidad parcial del préstamo

multidivisa, ya que con casi total seguridad podrán obtener un pronunciamiento judicial que declare la nulidad parcial del préstamo. Esta nulidad implicaría -en términos prácticos- que a usted se le recalculará su préstamo como si el mismo hubiese sido, desde su origen, un préstamo tradicional en euros, reintegrándosele todas aquellas cantidades que usted ha desembolsado como consecuencia del efecto que las cláusulas multidivisa han surtido en los pagos de su préstamo.

Por ende, le recomendamos que si usted ha suscrito un préstamo multidivisa nos contacte a la brevedad posible. El equipo de expertos de RÚA Abogados analizará minuciosamente las características particulares de su caso y diseñará una estrategia legal adaptada al mismo, incrementando al máximo las posibilidades de recuperar todo el dinero que ha perdido en los últimos años.

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Sobre Rúa Abogados

Rúa Abogados es un despacho con más de 40 años de experiencia. Nuestra especialidad son los productos bancarios, de las diversas entidades, y contamos con una amplia experiencia en reclamaciones de productos financieros.

El abogado Pablo Rúa Sobrino es especialista en productos financieros y lidera el departamento, con un 100% de resoluciones favorables en vía judicial, para los clientes, en productos tales como: Preferentes, Obligaciones Subordinadas, Cláusula Suelo, Acciones Bankia, Valores Santander, Productos Financieros Estructurados o Bonos del Banco Popular, dónde somos asesores jurídicos de la Plataforma de Afectados. Además, sabemos cómo recuperar el dinero de los gastos de constitución de su hipoteca.

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